Programa de Impulso a la Construcción - Obligaciones
Las personas o entidades beneficiarias deberán incluir la información o publicidad sobre el incentivo concedido por la Agencia Andaluza de la Energía, de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del Decreto Ley 1/2014, de 18 de marzo, que regula el Programa de Impulso a la Construcción Sostenible en Andalucía, conforme a las siguientes indicaciones y modelos de publicidad y comunicación:Para "Obras de adecuación energética de edificios" e "Instalaciones energéticamente eficientes en la edificación e infraestructuras, eléctricas o térmicas": Deberán colocar una placa explicativa permanente y visible, en un plazo de 6 meses a partir de la conclusión del proyecto o actuación objeto de cofinanciación de la Unión Europea a través de FEDER y de la Junta de Andalucía, conforme a las siguientes Indicaciones para placa publicitaria (enlace al PDF explicativo) y Modelo de placa publicitaria editable.
Opcionalmente, en lugar de la referida placa, se admite la colocación de un adhesivo u otro elemento que, de manera permanente e inalterada, permita al beneficiario cumplir su obligación de informar de la ayuda obtenida de la Unión Europea a través de FEDER y de la Junta de Andalucía, conforme al siguiente Modelo de adhesivo imprimible. El tamaño del adhesivo deberá ser proporcional a la actuación incentivada. En todo caso, el tamaño mínimo no podrá ser inferior de 103 mm x 34 mm. Deberá colocarse en el lugar más visible y de pública concurrencia donde sea posible en relación con la actuación incentivada.
Para "Proyectos, dirección facultativa y gestión energética": Deberán incorporar en las portadas y contraportadas de los mismos los correspondientes logos y referencia a la cofinanciación del proyecto objeto de cofinanciación de la Unión Europea a través de FEDER y de la Junta de Andalucía, conforme a las siguientes Indicaciones para proyectos, dirección facultativa y gestión energética.