¿Que es el Certificado de Eficiencia Energética?
A partir del 1. de junio 2013, todos los particulares que quieran vender o alquilar con una duración superior a cuatro meses una vivienda construida antes de 2007 estarán obligados a contar con un certificado energético que califique el inmueble.
Este certificado es un documento, una ficha, que describirá lo “eficaz” que es nuestra vivienda en lo relativo al consumo de energía, con las implicaciones que tiene dicho consumo: ahorro de energía es ahorro económico y ahorro de emisiones contaminantes, ya que si nuestra vivienda es eficiente obtendremos el mismo nivel de confort con un menor coste en Energía: Electricidad, Gas, Biomasa…
Con este Certificado Energético cada vivienda tendrá una etiqueta parecida a las que ya incluyen los electrodomésticos, que indica su eficiencia en cuanto al consumo de energía, agua…
Actualmente este tipo de etiqueta se usa desde hace tiempo en las viviendas de nueva construcción, y clasifica cada edificio con un código de color según una escala que va desde la categoría A (la más eficiente) a la categoría G (la menos eficiente). Al tratarse de una escala que ya nos resulta familiar es muy fácil saber si un edificio es mejor o peor que otro en cuanto a su Eficiencia Energética.
Además, el Certificado de Eficiencia Energética incluirá una serie de recomendaciones para la mejora de la eficiencia, que permitirían aumentar al menos un nivel en la escala (si la calificación original es B / C) o dos (cuando la vivienda cuente con una calificación D / E / F / G).
La novedad de la normativa es que, a diferencia de lo que sucedía hasta ahora (sólo los edificios de nueva construcción debían contar con la certificación energética), todas las viviendas que se vendan o alquilen deberán contar con su propio Certificado de Eficiencia Energética, siendo el responsable de obtener dicho certificado el propietario de la vivienda, edificio o local. Así, serán los propietarios de las viviendas los que puedan solicitar el certificado de forma individual y no necesariamente la comunidad de propietarios.
A esto hay que añadir que, en principio, una vez emitido el Certificado de Eficiencia Energética tendrá un periodo de validez de 10 años, tras los cuales habrá que renovarlo para que refleje las posibles obras de mejora que se hayan hecho en el edificio o vivienda.
Dará ayudas para mejorar la eficiencia energética en edificaciones
( 100 Millones a mejorar la Eficiencia Energética)
El IDAE en Madrid se encargará de informar a los vendedores, compradores y usuarios de viviendas y edificios en general sobre las nuevas obligaciones a las que tienen que hacer frente.
Además, el Ejecutivo ha aprobado un Real Decreto encaminado a mejorar la eficiencia energética y la utilización de las energías renovables en los edificios que permitirá, entre otras actuaciones, ayudas directas al cambio de calderas.
Con una dotación de cien millones de euros, este programa busca promover la realización de medidas de ahorro y eficiencia sobre la envolvente y las instalaciones térmicas de los edificios existentes de uso residencial, y la incorporación de energías renovables (energía solar, biomasa y geotérmica, principalmente).
Así, podrán ser beneficiarios de las ayudas o de la financiación de este programa las comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, las comunidades de bienes de los propietarios de edificios de viviendas no divididas horizontalmente y las personas físicas propietarias de un edificio de viviendas unifamiliar.
Además, se considerarán actuaciones susceptibles de ayuda las actuaciones integrales en edificios de viviendas siempre que comprendan una o varias de las siguientes medidas que mejoren la calificación energética del edificio o viviendas afectadas.
Entre estas medidas, figuran la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica de los edificios de viviendas existentes y de las instalaciones térmicas de los edificios de viviendas existentes.
Asimismo, se recoge la opción de la sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria de los edificios de viviendas existente y la sustitución de energía convencional por energía solar y geotérmica en las instalaciones de calefacción, refrigeración y producción de agua caliente sanitaria de los edificios de viviendas existentes. La dotación económica del plan se repartirá equitativamente entre las cuatro tipologías de actuaciones anteriores.